El Gobierno ha completado la trasposición de la Directiva Europea sobre la Eficiencia Energética con la aprobación del Real Decreto 736/2020, de 4 de agosto, que regula la contabilización de consumos individuales en instalaciones térmicas de edificios.

Esta medida permite ahorrar energía y reducir la contaminación ambiental, ya que cada usuario tendrá un control real de la calefacción que consume. Así, todos los edificios con calefacción central están obligados a instalar contadores o repartidores de costes de calefacción antes de mayo de 2023.

La norma se aplica a todos los edificios construidos antes de la aprobación del Reglamento de Instalaciones Térmicas en los Edificios, de 1998, excepto los situados en las zonas más cálidas del país y los supuestos en que la inversión no resulte recuperable en un plazo máximo de 4 años.

La primera medida para saber si estamos obligados a instalar repartidores de costes de calefacción en nuestra comunidad es conocer su calificación segun el mapa de calor del Código Técnico de Edificación. En este enlace podrás conocer la situación exacta de tu municipio https://www.gomezgroupmetering.com/productos/zona-climatica.

Si estás obligado, debes solicitar, al menos, un presupuesto gratuito y estandarizado, a un instalador homologado. El presupuesto determinará si la instalación es viable técnicamente y económicamente rentable.

Con carácter general, las instalaciones de calefacción central en anillo instalarán contadores individuales, las instalaciones en columna instalarán repartidores de costes (uno por radiador).

Te informamos de todo el proceso, de forma detallada, para que conozcas paso a paso los detalles de la nueva normativa. https://www.gomezgroupmetering.com/files/infografias/decreto-individualizacion-calefaccion.pdf

Plazos de instalación

El Real Decreto establece un calendario gradual para su implantación, según las zonas geográficas. Así, las comunidades de propietarios tienen dos plazos: una fecha límite para la obtención de los presupuestos de individualización de consumos de calefacción; y, en segundo lugar, la fecha límite para activar la instalación, que se cumplirá 15 meses después.

Instalar repartidores de costes de calefacción supone un ahorro estimado para las comunidades en torno al 30%, según los estudios realizados por el IDAE (Instituto para la Diversificación y el Ahorro de la Energía). Además, los usuarios ganan en confort, ya que pueden regular la temperatura de su hogar según sus necesidades y gustos.

Lectura remota

Los repartidores de costes de calefacción con pequeños dispositivos, dotados de dos sensores, que recogen la diferencia de temperatura existente entre el radiador y el medio exterior. Gracias a su procesador determinan las unidades de calor consumidas por cada radiador.

Estos dispositivos son de lectura remota, por lo que no es necesario entrar en la vivienda para recoger la información. Además, el Real Decreto obliga al uso de sistemas abiertos de lectura y tratamiento de la información, de tal forma que el usuario pueda cambiar de proveedor del servicio sin incurrir en penalizaciones o pagos adicionales.

Más información al usuario

La instalación de repartidores de costes de calefacción implica que el usuario conoce, en todo momento, el consumo de calefacción que realiza en su vivienda. Para fomentar la transparencia, además, el Real Decreto indica que la información se proporcionará al usuario final al menos una vez cada dos meses, durante el periodo de servicio de la instalación. en caso de lectura remota, la información se proporcionará, al menos, mensualmente.

Además, la información debe estar disponible vía internet y ser actualidad en la medida en que los sistemas de contabilización lo permitan.

Es el momento, por tanto, de dar un salto en nuestros hogares, hacia un mayor confort, controlando en cada momento la temperatura de nuestras estancias. De esta forma podemos conocer nuestro consumo y ahorrar en calefacción de forma sencilla.